Video prohibido de Chispa Lacassie y Claudia Schmitd

Piernas largas, labios bien rojos, vestido pegado al cuerpo. Las cámaras la apuntan, los micrófonos la inquieren: Claudia Schmitd se ve estupenda. “Quién los llamó, esto no es show”, replica la modelo uruguaya, actual panelista de “S.Q.P.”, dueña de toda la atención en el 4to. Juzgado de Garantía de Santiago. Para la rubia, esto es serio.

Acompañada de su abogado, 10.30 horas en punto, Claudia interpuso una querella criminal por el delito de amenazas en contra de Juan Chispa Lacassie, su ex pololo veraniego, ahora enemigo circunstancial.

“Estoy asustada por las amenazas que recibí y la que recibieron mis hijos”, cuenta. “Contraté a personas que son serias, no faranduleras, justamente para que se respete lo que se debe respetar, que es el Centro de Justicia, que es un lugar serio, donde uno no viene a realizar tongos ni situaciones faranduleras”, sigue siempre estupenda.

¿Pero por qué pasó todo esto? En este párrafo lo explicamos: la tarde del miércoles 7 de mayo, durante la emisión del programa “S.Q.P.”, Schmitd habló en vivo de Vicenta, la nueva polola de Lacassie. La acción enfureció al skater. Según la versión de la uruguaya, después del show farandulero, ella comenzó a recibir llamados amenazantes desde el celular del Chispa. Asustada por sus hijos y su integridad, Claudia puso una denuncia en la 47 Comisaría de Las Condes por “amenazas de todo tipo”. Luego buscó abogados, reunió pruebas y ayer se querelló.

“Juan Lacassie ya ha sido condenado por dos delitos de amenazas, para nosotros sí es un peligro para la sociedad”, opina Ignacio Salamanca, representante legal de Schmitd. “Decirle si tú vuelves a nombrar a la Vicenta, yo te mato, sé dónde estudian tus hijos y cosas por el estilo, es grave. Esperemos que después de todo esto, Claudia y su familia se puedan sentir tranquilos”, cierra.

Para Alfredo Morgado, abogado penalista, al Chispa -por este caso- “le podrían imponer una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, o sea que la pena podría ir desde 61 días a 3 años”. Él sigue: “El hecho de que la persona fue condenada por lo mismo, constituye un agravante, además no va a tener irreprochable conducta anterior”.

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